Testamentos
El Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre por medio del cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y obligaciones para después de su muerte.
Cuando se habla de bienes se hace referencia a los muebles e inmuebles en general, mientras que por derechos se refiere principalmente a los económicos y por obligaciones a las deudas que el testador deja al morir.
En el Testamento se puede designar dos tipos de beneficiarios:
- Beneficiarios a título universal conocidos como herederos: estos beneficiarios reciben la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones en los porcentajes que se designe. Basta con que se manifieste al notario que desea transmitir, después de su muerte, la totalidad (universalidad) de sus bienes a una o varias personas. Además, se podrá estipular que a falta de la o las personas designadas, exista la posibilidad de herederos sustitutos; por ejemplo, en la práctica es común que se designe en primer lugar al cónyuge como único y universal heredero y a falta de éste, por partes iguales para los hijos, sólo en caso de ausencia del designado.
- Beneficiarios a título particular o legatarios: también en esta modalidad se transmitirán los bienes pero se especificará qué bien(es) serán transmitidos a qué persona(s). El legado se hace de acuerdo con las instrucciones específicas del testador, por lo que será necesario que sean determinadas la o las personas, los bienes y las proporciones deseadas, en su caso.
Documentos necesarios para Testamentos
- Generales del testador (lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, número telefónico, RFC, CURPy ocupación).
- Identificación oficial.
- Entrevista personal del testador con alguno de los abogados o Notario.
- En caso de ser extranjeros presentar forma migratoria
Si el testador no sabe (puede) leer ni escribir:
- Deberá comparecer a la firma de su testamento en compañía de dos testigos que sepan leer y escribir.
- Generales de los testigos (lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, número telefónico, RFC, CURPy ocupación).
- Copia de la identificación oficial de los testigos (el original se deberá presentar el día de la firma).
Si el testador no conoce el idioma español:
- Deberá comparecer a la firma de su testamento en compañía de un intérprete que sepa leer y escribir y conozca tanto el idioma español como el del testador.
- Generales del intérprete (lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, número telefónico y ocupación).
- Copia de la identificación oficial del intérprete (el original se deberá presentar el día de la firma).