Disoluciones y Liquidaciones

La disolución es el acto jurídico que abre el proceso de liquidación que dará lugar a la extinción de la sociedad. Generalmente, una vez disuelta la sociedad, inicia el periodo de liquidación.

La disolución es el acto jurídico que abre el proceso de liquidación que dará lugar a la extinción de la sociedad. Generalmente, una vez disuelta la sociedad, inicia el periodo de liquidación.

Documentos necesarios para la disolución y liquidación

  1. Generales del delegado designado para protocolizar el acta (lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, número telefónico, RFC, CURP y ocupación).
  2. Copia de la identificación oficial del delegado designado para protocolizar el acta (el original se deberá presentar el día de la firma).
  3. Acta a protocolizar en original. Incluyendo lista de asistencia de la asamblea debidamente firmada por los asistentes y escrutadores.
  4. Antecedentes de la sociedad o asociación en original o copia certificada  (constitutiva, reformas a los estatutos, prórrogas, cambios de denominación, cambios de domicilio, aumentos o disminuciones de capital, fusiones, escisiones, disolución, nombramiento de administradores, etc.). En general todos los actos corporativos de la sociedad que consten en escrituras o en el libro de asambleas, juntas o sesiones.
  5. Copia de las Cédulas de Identificación Fiscal de los socios o accionistas.
  6. Clave de RFC, domicilio fiscal y correo electrónico de la empresa (para factura).
  7. Si la sociedad se inscribe en el Registro Nacional de Inversión Extranjera, constancia de inscripción o renovación de inscripción.